Reembolso del IVA. Si usted es propietario de un comercio, recuerde que los turistas de fuera de la UE pueden pedir, al salir de territorio comunitario, el reembolso del IVA soportado por los bienes que hayan adquirido y que se lleven consigo al regresar a sus países. ¡Atención! Por las compras de servicios (hoteles, restaurantes, etc.) o bienes que consuman durante su estancia en España (comida, bebidas, productos de higiene personal, etc.), la devolución no es posible.
Novedades. Pues bien, recientemente se han introducido importantes novedades que afectan a estas devoluciones:
DER. Por otro lado, recuerde que a partir de 2019 será obligatorio un nuevo sistema de reembolso del IVA de tipo electrónico: el “Documento Electrónico de Reembolso” (DER). Apunte. Dicho sistema evita diligenciar en aduana las facturas en papel, agilizando la gestión (se evitan las colas) y mejorando la seguridad en la devolución del IVA (para más información, “Documento Único de Reembolso”, Apuntes & Consejos Impuestos, año 17, número 12, página 8, 06.03.2018 ).
¡Texto! Puede insertar contenido, moverlo, copiarlo o eliminarlo.
Lorem ipsum dolor sit amet, consetetur sadipscing elitr, sed diam nonumy eirmod tempor invidunt ut labore et dolore magna aliquyam.